¿Qué ocurre si la DGT no responde a mi recurso?
Si la Dirección General de Tráfico (DGT) no responde a tu recurso dentro de los plazos establecidos, se aplica el silencio administrativo, regulado en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. Este silencio puede ser:
Silencio negativo:
En la mayoría de los casos de multas de tráfico, el silencio se considera desestimatorio, lo que significa que, aunque no recibas respuesta, se entiende que tu recurso ha sido rechazado.
Impugnación del silencio:
Aunque el silencio administrativo se considere desfavorable, puedes interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales para que revisen la legalidad del acto o del procedimiento.
Es fundamental no dejar pasar los plazos para recurrir, incluso si no recibes respuesta. Consulta regularmente el estado de tu expediente y, en caso de duda, busca asesoramiento legal para garantizar que tus derechos no sean vulnerados.
Este artículo tiene fines informativos generales. Para obtener información completa sobre nuestras garantías y actualizaciones legales, te invitamos a leer nuestro Aviso Legal.
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