¿Qué pasos seguir para reclamar judicialmente una deuda a un propietario moroso?
Reclamar una deuda a un propietario moroso en una comunidad de propietarios está regulado por el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que permite utilizar el procedimiento monitorio, un proceso rápido y eficaz para este tipo de reclamaciones.
Pasos a seguir:
Requerimiento previo al deudor:
El presidente o administrador debe notificar formalmente al propietario la deuda, especificando el importe, concepto y plazo para el pago.
Aprobación de la deuda en junta:
La deuda debe ser incluida en el orden del día de una junta de propietarios y reflejada en el acta correspondiente.
Inicio del procedimiento monitorio:
Presenta una demanda monitoria en el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde se encuentra la comunidad.
Documentación necesaria:
Certificación del acta de la junta aprobando la deuda.
Copia de los estatutos y título constitutivo, si se requiere.
Notificación previa al moroso.
Resolución judicial:
Si el propietario no paga ni formula oposición, el juez dictará una orden de ejecución y puede embargar bienes, incluyendo la propiedad del deudor.
Consejos prácticos:
Asegúrate de mantener un registro actualizado de las cuotas y notificaciones para evitar errores en la reclamación.
Considera contratar un abogado especializado en propiedad horizontal para garantizar que el procedimiento se lleve a cabo correctamente.
Este artículo tiene fines informativos generales. Para obtener información completa sobre nuestras garantías y actualizaciones legales, te invitamos a leer nuestro Aviso Legal.
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